E-Book, Spanisch, Band 21, 260 Seiten
Reihe: Cátedra de Bioética. Dilemas éticos de la medicina actual
Torre Díaz Dignidad humana y bioética
1. Auflage 2018
ISBN: 978-84-8468-744-3
Verlag: Universidad Pontificia Comillas
Format: EPUB
Kopierschutz: 6 - ePub Watermark
E-Book, Spanisch, Band 21, 260 Seiten
Reihe: Cátedra de Bioética. Dilemas éticos de la medicina actual
ISBN: 978-84-8468-744-3
Verlag: Universidad Pontificia Comillas
Format: EPUB
Kopierschutz: 6 - ePub Watermark
Bajo este título se aborda la pregunta ¿Qué es lo conveniente y adecuado para el hombre? Desde una perspectiva muy plural y multidisciplinar. Los artículos del libro se orientan a tratar las tres perspectivas básicas de la dignidad: la raíz de la dignidad (perspectiva antropológica, filosófica, científica), la concreción de la dignidad (mujer, historia, práctica médica) y el sentido de la dignidad (teología, religiones).
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PRÓLOGO
HUMANA DIGNIDAD, DIGNIDAD HUMANA
Dr. Javier de la Torre Díaz
Director de la Cátedra de Bioética
Universidad Pontificia Comillas de Madrid
La dignidad humana es uno de los «lugares», una de las categorías morales fundamentales de apelación ética. Por mucho que luchamos por prescindir o marginarla, vuelve continuamente a la reflexión moral: humana dignidad, dignidad humana 1.
Lo más probable es que la palabra dignidad provenga del sánscrito, de la raíz dec, que significa conveniente, conforme, adecuado a algo o alguien. De esta raíz, dec, derivan otras palabras como decoro o decente. El latín le añadió la terminación -nus formándose la palabra decnus que con el tiempo derivó en dignus.
En Roma predomina un sentido externo de la palabra que alude a un concepto sociopolítico. La dignidad se relaciona con la nobleza, con la función desempeñada, con los méritos alcanzados por los servicios públicos. Es un reconocimiento otorgado por la comunidad aunque vinculado al comportamiento del individuo, a la maiestas. Por eso la dignidad implica, en una sociedad de clases, una jerarquía superior por encima del vulgo (emperador, nobles, clases altas, etc.) a la que acompañaba una auctoritas. Las personas con autoridad son llamadas dignitates. En el medievo el noble se distinguía del plebeyo por tener un caballo, por tener la dignidad de caballero. Los reyes y nobles al hacer partícipes de su poder, dan una cierta dignidad social. En la Iglesia la autoridad es acompañada de signos de dignidad en el sumo pontífice, cardenales y obispos. Son atributos concedidos por la sociedad o por el mismo poder, algo recibido, adquirido 2.
El cristianismo, y en parte el estoicismo, formularon el sentido interno de dignidad. El hombre posee un rango superior entre los seres del cosmos. Para la Biblia, el ser humano es imagen y semejanza de Dios, es una criatura divina libre de desarrollar su propia forma de vida. La dignidad es un rasgo interno a su naturaleza conectado con la noción de hijo de Dios y persona. En el estoicismo el ser humano no es ciudadano de una polis o de un Estado sino de la humanidad entera. Para Séneca, el hombre es sagrado para el hombre, es una res sacra. La dignidad se enraíza así en la humanitas. La Escuela de Salamanca, siglos más tarde, defenderá la dignidad de todo hombre, también la de los indios de las Américas. En el Renacimiento, Vico, Erasmo, Vives defenderán todavía una dignidad fundada en Dios.
En el racionalismo, será la razón el fundamento de la dignidad. En el contractualismo, la dignitas de hombre libre se alcanza con la constitución de la sociedad tras el pacto social. En Kant la dignidad es expresada en la segunda formulación del imperativo categórico donde el mundo de los fines se conecta estrechamente con la dignidad. El ser humano tiene la capacidad de establecer fines. La naturaleza humana tiene un valor en sí misma, un valor absoluto.
El Concilio Vaticano II retoma esta larga tradición y dedica un capítulo de la constitución pastoral Gaudium et spes «a la dignidad de la persona humana» (nn. 12-22) y toda la declaración Dignitatis humanae al tema de la libertad religiosa que se funda «en la dignidad misma de la persona humana, tal como se la conoce por la palabra revelada de Dios y por la misma razón natural» (n. 2). La declaración constata que «la dignidad de la persona humana se hace cada vez más clara en la conciencia de los hombres de nuestro tiempo» (n. 1). La doctrina social de la Iglesia descubre así en la dignidad humana la traducción adecuada del valor ético de la persona 3.
Después de esta breve reseña histórica podemos comprender mejor la triple y clarificadora división de la dignidad que realiza F. Torralba 4:
1. Dignidad ontológica: referida al ser y fundamentada en el ser. Por el mero hecho de ser persona, de ser de una determinada manera, el ser humano merece respeto y debe tratarse de un modo cualitativamente distinto. Desde esta perspectiva metafísica, el ser humano es digno intrínsecamente, no externamente, no colateralmente, no accidentalmente. Puede ser limitado, dependiente, precario, falible, pero su dignidad no se reduce. Puede actuar de forma indigna y a pesar de ello tener dignidad. Su dignidad es irrenunciable, constitutiva más allá de actuaciones y condiciones. Por eso no hay momentos de más o menos dignidad. La dignidad humana es absoluta.
2. Dignidad ética: arraiga en el obrar. Lo que dignifica al ser humano son los actos, lo que le hace indigno son los actos. La dignidad es una dignidad añadida, complementaria, derivada del carácter libre del hombre, de su dimensión moral. Por la forma de vivir nos hacemos dignos o indignos moralmente en la comunidad. Cada uno se construye su dignidad. No es igual en todos.
3. Dignidad teológica: referida a Dios. Toda persona es imagen y semejanza de Dios, es un icono de Dios. Lo que le hace digna no es su naturaleza, inteligencia, libertad o capacidad de amar sino el ser imagen de Dios.
Pero, inevitablemente, las cuestiones no quedan resueltas y las preguntas siguen inquietando y planteando problemas de fondo.
¿Es digno por ser superior o distinto a otros seres? La dignidad supone preguntarnos si el ser humano es algo original en la naturaleza, algo único e irrepetible en el universo, si tiene una cualidad nueva como ser, si hay una especie de salto cualitativo con respecto de los demás seres. Esa novedad fundamentará una nueva perspectiva axiológica, su dignidad, su valor. Una realidad digna implica reconocerla entonces como superior e implica un trato de respeto. Respeto y dignidad son conceptos correlacionados. Esto supone confrontarse hoy con las perspectivas biocéntricas que comprenden al ser humano como una expresión de la vida en un conjunto plural de manifestaciones biológicas, como un primate-persona en simetría con otros seres. La perspectiva biológica es, en todo caso, parte fundamental de la naturaleza de ser humano aunque la dignidad ni puede prescindir ni reducirse a lo biológico. Lo indudable es que si en la pirámide evolutiva ocupamos el vértice superior, tenemos una base para considerarnos «dignos» por ser biológicamente humanos al margen de circunstancias o características individuales. Si no es así, podemos hablar de diferencias biológicas.
¿Es digno por ser persona-individuo o por pertenecer al género humano? La Declaración Universal sobre el Genoma Humano y los Derechos Humanos de la UNESCO afirma que el ser humano tiene un estatus especial por la posesión de genes individuales específicamente humanos. La dignidad ¿radica en el individuo, en cada uno o en el colectivo de la especie? La cuestión es determinar la dignidad basándose en unas determinadas cualidades y facultades (biológicas, genéticas, racionales, etc.) con la consecuencia de poder negar la dignidad a ciertos individuos. La otra solución es si por el sólo hecho de pertenecer a nuestra especie ya tienen dignidad. La postura especifista subraya la pertenencia a un grupo biológico determinado mientras que otras posturas se centran en las características individuales.
¿Es digno por ser un fin o no ser «mero» medio? ¿El hombre es y debe ser tratado siempre como «fin» y nunca como «medio»?, ¿o el hombre no debe ser tratado como «mero medio», simplemente como medio? El ser humano ¿aparece como una realidad absoluta, en un reino de fines donde cualquier referencia a otro ser parece limitarle?, ¿o el ser humano puede establecer relaciones, referencias a otros, ser «medio» algunas veces sin perder su dimensión de digno, de centro? El hombre reclama un respeto incondicional-absoluto, pero en un mundo de objetos, estructuras, utilidades, medios, relaciones. La articulación de esta dialéctica es otra cuestión de fondo.
¿Es digno porque lo declara o lo reconoce la norma? ¿Es digno porque lo afirma la Declaración Universal de los Derechos Humanos de las Naciones Unidas, muchas de las Constituciones, códigos deontológicos y textos jurídicos? La dignidad jurídica implica el principio jurídico de tutela de la persona, donde descansan valores como la seguridad, la libertad y la igualdad. Por eso, reconocer jurídicamente la dignidad crea y fomenta, garantiza y legitima, la dignidad. Pero también, por otro lado, la «lucha por la dignidad» busca también reconocimiento, concreción jurídica.
¿Es digno porque el respeto implica una limitación o porque requiere una promoción? La exigencia de reconocimiento tiene dos dimensiones muy claras. La imposición al resto de las personas de la sociedad de no-intervenir, de no-violar el «ámbito personal» y, por otro lado, la exigencia de promoción y garantía de unas condiciones de vida «dignas». La dimensión negativa de abstención de determinados actos y la dimensión positiva de promoción de todos los aspectos que desarrollan y enriquecen la...




