E-Book, Spanisch, 176 Seiten
Reihe: Concilium
Ross / Scatena / Susin Propuestas para la reforma de la Curia romana. Concilium 353 (2013)
1. Auflage 2013
ISBN: 978-84-9945-293-7
Verlag: Editorial Verbo Divino
Format: EPUB
Kopierschutz: Adobe DRM (»Systemvoraussetzungen)
Concilium 353 - epub
E-Book, Spanisch, 176 Seiten
Reihe: Concilium
ISBN: 978-84-9945-293-7
Verlag: Editorial Verbo Divino
Format: EPUB
Kopierschutz: Adobe DRM (»Systemvoraussetzungen)
Por ser la reforma de la Curia romana una prioridad en este comienzo del pontificado del papa Francisco, Concilium, dentro de su tradición de publicación enraizada en la teología conciliar, pretende ofrecer a la consideración de los lectores los análisis y sugerencias de especialistas en áreas como la historia de la Iglesia, el derecho canónico, la eclesiología, la pastoral y la espiritualidad, partiendo de los textos del Concilio Vaticano II y de documentos posteriores con origen en el mismo magisterio pontificio.
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EDITORIAL
El año 2013 ha estado marcado por acontecimientos de inconmensurables consecuencias para la vida de la Iglesia católica, especialmente si la contemplamos a partir de su centro romano. En primer lugar, la renuncia de Benedicto XVI, un hecho eclesial sin igual en los últimos siglos. Con este gesto, por el cual ciertamente será recordado en el futuro, Benedicto XVI catapultó el papado a una nueva dimensión de los tiempos modernos —como Pablo VI había dispuesto antes en relación con el episcopado—, ya que la acción histórica de su renuncia, con la que quiso distinguir entre cargo y encargado, ha dejado atrás la sacralidad que ontológicamente unía persona y misión. Ahora, el ministerio petrino podrá ser percibido más claramente como lo que es en realidad: un servicio, un ministerio para la comunión universal de la Iglesia. Una vez que la persona deja de estar en condiciones de ejercer tan importante servicio y misión, renuncia por decisión libre y autónoma, para que otro pueda desempeñar tal ministerio de manera más adecuada y eficaz. Esto mismo quedó de manifiesto en la serie de razones que Benedicto XVI, con libertad y autonomía, presentó en el momento de renunciar. En segundo lugar, la elección de Jorge Mario Bergoglio, arzobispo de Buenos Aires, como obispo de Roma y, en consecuencia, como nuevo Papa. Llevando su estilo de vida pastoral a la sede romana, un estilo de vida que rápidamente ha ganado fama a través de innumerables detalles sorprendentes y fácilmente interpretables, el papa Francisco comenzó su ministerio dando curso a las sugerencias recibidas de Benedicto XVI y del Colegio Cardenalicio que lo eligió, sugerencias que eran de reforma, de atención a la necesidad de realizar cambios en el gobierno de la Iglesia. Al final de su pontificado, Benedicto XVI se refirió reiteradamente a la urgencia de una renovación de la comunidad eclesial, destacando que tal renovación debería tener como inspiración y criterio las grandes decisiones del Concilio Vaticano II. Aunque existen diferentes interpretaciones sobre el Concilio y la reforma que este sigue exigiendo, el nuevo Papa demuestra con gestos prácticos y simbólicos, y también con sus decisiones, plena disposición para la reforma en el espíritu conciliar. En tercer lugar, el lenguaje atinente a reforma no se queda en el discurso ni en las citas, sino que está cobrando fuerza en los niveles más diversos, particularmente en lo referente a la preparación necesaria para que se pueda proceder a una amplia revisión de las estructuras propias de la Curia romana. Pablo VI y Juan Pablo II, cada uno a su modo, adaptaron la Curia al Concilio Vaticano II y al nuevo Código de Derecho Canónico; pero, como queda demostrado en el presente número de Concilium, esas reformas no fueron suficientes ni siempre coherentes con las deliberaciones conciliares. De ahí la necesidad de que se enunciasen posibilidades y se presentasen propuestas para una reforma de la Curia y del gobierno de la Iglesia más en conformidad con las decisiones pastorales del Vaticano II. Por ser la reforma de la Curia romana una prioridad en este comienzo del pontificado del papa Francisco, Concilium, dentro de su tradición de publicación enraizada en la teología conciliar, pretende ofrecer a la consideración de los lectores diversos elementos informativos conectados entre sí. El papa Francisco está recibiendo ciertamente muchísimas sugerencias, tanto más cuanto que la Iglesia tiene organismos dotados de autoridad y competencia para hacerlo. Habida cuenta de ello, la revista Concilium decidió invitar a especialistas en áreas como la historia de la Iglesia, el derecho canónico, la eclesiología, la pastoral y la espiritualidad para que ofrecieran análisis y sugerencias en relación con el tema de la reforma de la Curia romana partiendo de los textos del Concilio Vaticano II y de documentos posteriores con origen en el mismo magisterio pontificio. Entre los diversos especialistas aquí reunidos contamos también con la sensibilidad pastoral de un obispo dotado de experiencia en las relaciones concretas de una Conferencia Episcopal con la Curia romana y el brazo diplomático de la Santa Sede formado por las nunciaturas apostólicas. Disponemos asimismo de la perspectiva ecuménica que nos llega de un teólogo luterano, conocido por su función de moderador en el organismo central del Consejo Mundial de Iglesias. La Curia romana constituye la burocracia más antigua y duradera de la historia, y, aunque de diferentes formas, siempre ha estado viva y activa. El segundo milenio llevó a la burocracia central de la Iglesia a entrar en un proceso de crecimiento y centralización. El problema es que la Curia romana parece haber quedado parada en el siglo XVII, presa de un esquema preilustrado y premoderno, y las reformas operadas en el siglo XX se han limitado a responder a la necesaria adaptación tras quedar la Iglesia desligada de los Estados Pontificios, pero sin disminución de su ímpetu centralizador. Por eso, una de las preguntas que se plantean es la siguiente: ¿cómo pasar de una corte sacra premoderna a una burocracia funcional de servicios compatible con la realidad del mundo civil? Las coincidencias entre los autores son esclarecedoras y configuran un común denominador que no deja de ser impresionante, pues todos claman por una Curia romana que esté al servicio del Papa y del Colegio Episcopal, ya que es a este, en unión con su cabeza, el Papa, al que compete gobernar la Iglesia. El Concilio, como inspiración y criterio para ese gobierno, impulsó una vigorosa reanudación de la eclesiología del Colegio Episcopal. En coherencia con esta eclesiología antigua, la Curia romana no puede estar entre el Papa y los obispos por encima de estos. El episcopado, disperso por el mundo y reunido en organismos regionales de diferentes niveles, encuentra, como es bien sabido, su unidad teniendo al obispo de Roma al frente, y la Curia romana está al servicio de esa unidad del Colegio Episcopal encabezada por el obispo de Roma. Para que sea eficaz este reposicionamiento es necesario que la Curia romana dé los pasos que dieron los obispos después del Concilio Vaticano II y que ahora ha dado Benedicto XVI como obispo de Roma, es decir, que proceda toda ella a una distinción y separación entre ministerio y persona. En este caso no es solo una cuestión relativa al límite de edad, a la salud o al tiempo de servicio: se trata de evitar sobre todo que la Curia siga actuando como una jerarquía situada por encima de los propios obispos. Ahora bien, esta es una cuestión crucial y llena de consecuencias, que nos lleva a preguntar: ¿por qué no puede un laico dotado de las debidas y necesarias competencias ser secretario de Estado? ¿Por qué no es posible que la Congregación para los Institutos Religiosos sea dirigida por una religiosa experta y sabia, cuando sabemos que, en todo el mundo, de cada cuatro religiosos, tres son mujeres? ¿Por qué mujeres suficientemente capaces y preparadas no pueden desempeñar la función de nuncio, y más habiendo ya embajadoras no menos eficaces que los hombres en el desempeño de la representación política? En el fondo, la cuestión se reduce a la siguiente: ¿por qué mantener en estado de fusión —señal de confusión en sí— la jerarquía sacerdotal y la burocracia curial? ¿No es esto mismo lo que lleva a la burocracia a ser sacralizada? Los tiempos modernos nos han enseñado que el principio de subsidiariedad se aplica con provecho al gobierno de la Iglesia. Y que la separación de los diferentes tipos de poder —legislativo, ejecutivo y judicial— hace el poder de cada parte menos absoluto y con menores posibilidades de prepotencia y corrupción. Teniendo en cuenta que absoluto es solo Dios, el poder humanamente ejercido, como con la palabra y el ejemplo enseñó el mismo Jesús, consiste en delegación de poder «con espíritu», y poder «de misión». Por tanto, ligado al ministerio y no a la persona con independencia de su ministerio. Tal vez, en palabras actuales y más laicas, el poder es ante todo empoderamiento, lo que Hannah Arendt definió tan bien: poder es la capacidad de acción en conjunto. Por tanto, personas o estructuras de poder son aquellas que ayudan a otras a sentirse con poder. En términos más espirituales se podría definir el poder como capacidad de comunión, acción del Espíritu que produce comunión obrando por medio de personas y estructuras. A la adecuación de la Curia romana a un mejor perfil de servicio al Colegio Episcopal en comunión de unidad con el Papa debe corresponder una eficacia mayor de los instrumentos de gobierno por parte del Colegio Episcopal. Reforzar las Conferencias Episcopales, así como las confederaciones continentales de los episcopados, debería ser una de las metas. A medio siglo de distancia del Concilio, las Conferencias permanecen limitadas, restringidas y hasta disminuidas, sin desarrollar todo su potencial pastoral. Una cuestión crucial, ya analizada en Concilium 312 (2005) por Hervé Legrand, reside en algunas contradicciones entre los documentos conciliares, poco normativos, y el derecho canónico de 1983, que estructuralmente sigue siendo más monárquico que colegial. Pero recordemos que, según el Concilio Vaticano II, es en el Sínodo de los Obispos donde se da el ejercicio más global de la colegialidad en el gobierno de la Iglesia. Estas cuestiones son tratadas de diversos modos en el presente número de Concilium, ya de forma crítica, ya de forma más propositiva, en el sentido de agilizar la sinodalidad como instrumento de gobierno en manos del Papa. Entre los distintos articulistas...